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MUNICIPALIDAD DE CONSCRIPTO BERNARDIProvincia de Entre Ríos

Decreto N° 64/2021

Fija periodo de receso administrativo y laboral invernal en el ámbito municipal para el año 2021 y establece la continuidad de servicios esenciales.

Sanción: 07/07/2021 Organismo: Departamento Ejecutivo Municipal Estado: Vigente Categoría: Función Pública

DECRETO N° 64/21
Conscripto Bernardi, 07 de julio de 2.021

VISTO:
El propósito de este Departamento Ejecutivo Municipal fijar un periodo de receso administrativo y laboral invernal en el ámbito municipal, y

CONSIDERANDO:
Que es interés de este Ejecutivo Municipal fijar un periodo de receso administrativo y laboral dentro del ámbito municipal desde el 12 hasta el 23 de julio del corriente año.-
Que dicho periodo siempre a resultado coincidente con las vacaciones invernales de educación, Tribunal de Cuentas y receso judicial.
Que dado que el Municipio presta servicios imprescindibles como lo son la recolección de residuos, Entre Ríos Servicios, Comedor Municipal, Hogar de Ancianos, Mini agencia de IOSPER, Planta de clasificación de residuos orgánicos y área de transito, se establecen las tareas diferenciadas para la continuidad de dichas prestaciones durante este periodo.-

POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL

DECRETA

Artículo 1: Dispónese Receso Administrativo y Laboral en el ámbito de la Municipalidad de Conscripto Bernardi los días comprendidos entre el 12 hasta el 23 de julio del corriente inclusive, considerando inhábil administrativo con suspensión de plazos procesales.

Artículo 2: Los siguientes servicios atenderán conforme se describe:
a) Recolección de residuos prestará servicios normalmente, en días y horarios habituales.
b) Entre Ríos Servicios funcionará los días 13, 16, 20 y 22 de julio de 8.00 a 12.00 hrs.
c) Mini agencia Iosper los días 15 y 22 de julio respectivamente, en horario de 8.00hrs a 12.00hrs.
d) Planta de clasificación de residuos orgánicos, normalmente en horarios habituales.
e) El personal de transito tendrá una guardia permanente.
f) Área de personal, la concurrencia necesaria para el control de asistencia y otros.
g) Comedor y Hogar de Ancianos municipal, normalmente y en horarios habituales.

Artículo 3º: Infórmese al Honorable Concejo Deliberante sobre el presente.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, Sra. Celia Rosa Machado.

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese al personal de planta permanente y contratados y posteriormente archivase.

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NormaDecreto N° 64/2021
Fecha de sanción07/07/2021
Organismo emisorDepartamento Ejecutivo Municipal
EstadoVigente
Emitido28/07/2026 15:24 hs

Código de verificación: e4b2f908278726b6

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