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MUNICIPALIDAD DE CONSCRIPTO BERNARDIProvincia de Entre Ríos

Decreto N° 114/2023

Aumento salarial para trabajadores municipales de Conscripto Bernardi para agosto y septiembre de 2023

Sanción: 04/10/2023 Organismo: Departamento Ejecutivo Municipal Estado: Vigente Categoría: Función Pública

Municipio de Conscripto Bernardi
Av. Pancho Ramirez 286
Tel. 03454-491015/25/88
E-mail: [email protected]
3188 - Conscripto Bernardi - Entre Ríos

DECRETO N° 114/23
Conscripto Bernardi, 04 de octubre de 2023

VISTO:

El Decreto Provincial del M.E.H.F N° 3398/2023 del 27 de octubre del corriente año, y;

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las negociaciones colectivas desarrolladas de conformidad con lo previsto en las leyes N° 9.755 y 9.811, se han analizado y acordado propuestas a aplicar a las remuneraciones de los trabajadores del estado para el periodo de agosto y septiembre 2023

Que además se ha acordado establecer idénticos incrementos a los haberes mínimos establecidos.

Que en las negociaciones colectivas DE LA PROVINCIA de los días 14 y 15 de septiembre se acordó un incremento del diez con noventa y cuatro por ciento (10,94%) adicional, calculado sobre los haberes de junio de 2023, lo que totaliza para el mes de agosto un incremento total del quince con noventa y cuatro por ciento (15.94 %) (mediante el decreto 101/23 se otorgó ya el 5%)

Que en el mismo ámbito se acordó un incremento para el mes de septiembre de 2023, del ocho por ciento (8%) calculado sobre los haberes de junio 2023.

Que se ha acordado establecer idéntico incremento a los haberes mínimos establecidos.

Que habiendo analizado la proyección presupuestaria y financiera, es factible otorgar los incrementos detallados.

Que este Municipio cuenta con escala salarial propia establecida mediante Ordenanzas N° 18/08 N° 34/14.

Que ante la necesidad de adherir al incremento otorgado por el Gobierno Provincial se hace necesario dictar la norma legal respectiva.

POR ELLO:

LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 Y SUS MODIFICARIAS

DECRETA:

Artículo 1º: Dispónese un incremento del diez con noventa y cuatro por ciento (10,94%) calculado sobre los haberes del mes de junio 2023, a partir de agosto 2023.

Artículo 2º: Establézcase a partir de agosto de 2023, como haber mínimo neto de asignaciones familiares y de descuentos de Ley, para los agentes del Escalafón General, un monto de PESOS doscientos once mil doscientos veintiuno ($ 211.221)

Artículo 3º: Dispónese un incremento del ocho por ciento (08%) calculado sobre los haberes de junio 2023, a partir del mes de septiembre 2023, al personal de planta permanente y a los contratados de servicio no equiparados a una categoría de los escalafones.

Artículo 4º: Establézcase a partir de septiembre de 2023, como haber mínimo neto de asignaciones familiares y de descuentos de Ley, para los agentes del Escalafón General, un monto de PESOS doscientos veinticuatro mil ciento cuarenta y uno ($ 224.141,00)

Artículo 5º: Dispónese que el monto de haber mínimo incluye todos los códigos de haberes vigente, excepto asignaciones Familiares, Adicional por título y horas extraordinarias

Artículo 6º: Aplíquese la planilla correspondiente, confeccionada a través de tesorería municipal para que se efectúen los incrementos establecidos, las que se detallan al pie de esta norma.

Artículo 7º: Determinar que el Área Personal, Contable y Tesorería Municipal arbitren los medios para la aplicación de la presente Norma legal.

Artículo 8º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, señora Celia Rosa Machado.

Artículo 9º: Regístrese, comuníquese, notifíquese al personal, publíquese y archívese.

TOTALES A AGOSTO 2023

CATEGORÍAHABER BASICO REMUNERATIVO Y BONIF(Cod. 001 y 005HABER REMUNERATIVO (Cod.130)DECRETO PCIAL. Nº 5248/08
01$ 102.752,05$ 42.582,81$ 17.643,52
02$ 99.269,29$ 39.681,87$ 17.643,52
03$ 80.245,25$ 34.190,06$ 17.643,52
04$ 74.313,01$ 31.569,46$ 17.643,52
05$ 69.171,58$ 27.602,17$ 17.643,52
06$ 61.082,65$ 25.986,68$ 17.643,52
07$ 56.410,10$ 25.752,99$ 17.643,52
08$ 53.095,81$ 23.290,52$ 17.643,52
09$ 50.069,06$ 23.093,59$ 17.643,52
10$ 45.240,71$ 22.448,26$ 17.643,52

TOTALES A SEPTIEMBRE 2023

CATEGORÍAHABER BÁSICO REMUNERATIVO Y BONIF(Cod. 001 y 005HABER REMUNERATIVO (Cod.130)DECRETO PCIAL. Nº 5248/08
01$ 109.037,37$ 45.187,59$ 18.774,66
02$ 105.341,57$ 42.109,20$ 18.774,66
03$ 85.153,83$ 36.281,46$ 18.774,66
04$ 78.858,72$ 33.500,55$ 18.774,66
05$ 73.402,79$ 29.290,59$ 18.774,66
06$ 64.819,06$ 27.576,28$ 18.774,66
07$ 59.860,69$ 27.328,30$ 18.774,66
08$ 56.343,67$ 24.715,19$ 18.774,66
09$ 53.131,77$ 24.506,22$ 18.774,66
10$ 48.008,08$ 23.821,42$ 18.774,66

MACHADO CELIA R.
SEC DE GOBIERNO Y ECONOMÍA
MUNICIPALIDAD CONSCRIPTO BERNARDI

CANTEROS MARINA A.
PRESIDENTA MUNICIPAL
CPTO. BERNARDI E.R

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NormaDecreto N° 114/2023
Fecha de sanción04/10/2023
Organismo emisorDepartamento Ejecutivo Municipal
EstadoVigente
Emitido25/06/2026 23:01 hs

Código de verificación: b446c52aae11db02

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