Descripción corta
Abona la diferencia de la Ayuda Escolar Anual de acuerdo a los valores estipulados en el Decreto N° 477/20 del M.E.H.F. del Superior Gobierno de Entre Ríos para los empleados públicos, en concepto de Asignación por ayuda escolar anual para los empleados de Planta Permanente, contratado y funcionarios de este Municipio.
Texto de la norma
DECRETO No 41/20
Conscripto Bernardi, 29 de abril de 2.020
VISTO:
El decreto 33/20 del DEM por el que se abonó la Ayuda escolar, y
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de liquidar este beneficio se tomó lo dispuesto por el
superior Gobierno de Entre Ríos, mediante Decreto N° 407/19 del M.E.H.F. para los empleados
en concepto de Asignación por ayuda escolar anual.
Que este Municipio abonó el beneficio de acuerdo a lo estipulado en el
Decreto del DEM 44/19, ya que no había otra disposición vigente hasta esa fecha, por lo que se
realizó el pago por única vez y con los haberes de marzo del corriente, contra presentación de los
comprobantes por parte de los empleados.
Que la provincia, mediante Decreto 477/2020 estableció los nuevos
montos de la Ayuda Escolar anual, por lo que se debe abonar la diferencia con los haberes de
abril del corriente.
Que a los efectos de proceder al de esta asignación se debe dictar la
norma legal respectiva.
POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI
EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA:
Artículo 1o: Abónese la diferencia de la Ayuda Escolar Anual de acuerdo a los valores
estipulados en el Decreto N° 477/20 del M.E.H.F. del Superior Gobierno de Entre Ríos para los empleados públicos, en concepto de Asignación por ayuda escolar anual para los empleados de
Planta Permanente, contratado y funcionarios de este Municipio.
Artículo 2o: Determinar que el Área Contable y Tesorería Municipal arbitren los medios
necesarios para su liquidación.-
Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, Sra.
Celia Rosa Machado.
Artículo 4o: Regístrese, comuníquese, publiquese y archívese.-