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Decreto Vigente

Decreto N° 101/2023

Otorga incremento salarial del 5% al personal municipal y establece haber mínimo neto a partir de agosto de 2023.

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Texto completo

DECRETO N° 101/23
Conscripto Bernardi, 14 de septiembre de 2023

VISTO:
El Decreto Provincial del M.E.H.F N° 2993/2023 del 31 de agosto el corriente año, y;

CONSIDERANDO:
Que en el marco de las negociaciones colectivas desarrolladas de conformidad con lo previsto en las leyes N° 9.755 y 9.811, se ha propuesto un incremento del 5% calculado sobre la base de los haberes del mes de junio del año 2023, dejando la paritaria abierta a los efectos de tener mas detalle sobre el contexto y las medidas del gobierno Nacional.
Que además se ha acordado establecer idénticos incrementos a los haberes mínimos establecidos.
Que ademas se ha acordado establecer idéntico incremento a los haberes mínimos establecidos.
Que habiendo analizado la proyección presupuestaria y financiera, es factible otorgar los incrementos detallados.
Que este Municipio cuenta con escala salarial propia establecida mediante Ordenanzas N° 18/08 N° 34/14.
Que ante la necesidad de adherir al incremento otorgado por el Gobierno Provincial se hace necesario dictar la norma legal respectiva.

POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 Y SUS MODIFICARIAS

DECRETA:

Artículo 1º: Otórguese un incremento aplicable sobre los haberes correspondientes al mes de junio de 2023, del 5% (CINCO POR CIENTO) a partir del 1 agosto 2023, al personal de planta permanente y a los contratados de servicio no equiparados a una categoría de los escalafones, a liquidarse con los haberes de septiembre 2023.

Artículo 2º: Establézcase a partir de agosto de 2023, como haber mínimo neto de asignaciones familiares y de descuentos de Ley, para los agentes del Escalafón General, un monto de PESOS CIENTO NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO ($ 193.554,00).

Artículo 3º: Dispónese que el monto de haber mínimo incluye todos los códigos de haberes vigente, excepto asignaciones Familiares, Adicional por título y horas extraordinarias.

Artículo 4º: Apliquese la planilla correspondiente, confeccionada a través de tesorería municipal para que se efectúen los incrementos establecidos, la que se detallan al pie de esta norma.

Artículo 5º: Determinar que el Área Personal, Contable y Tesorería Municipal arbitren los medios para la aplicación de la presente Norma legal.

Artículo 6º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía, señora Celia Rosa Machado.

Artículo 7º: Regístrese, comuníquese, notifiquese al personal, publíquese y archívese.

TOTALES A AGOSTO 2023

CATEGORÍAHABER BASICO REMUNERATIVO Y BONIF(Cod. 001 y 005HABER REMUNERATIVO (Cod.130)DECRETO PCIAL. N° 5248/08
01$ 94.156,88$ 39.020,77$ 18.050,26
02$ 90.965,45$ 36.362,49$ 17.917,18
03$ 73.532,76$ 31.330,07$ 17.665,23
04$ 68.096,75$ 28.928,68$ 17.545,00
05$ 63.385,40$ 25.293,26$ 17.362,99
06$ 55.973,10$ 23.812,90$ 17.288,88
07$ 51.691,41$ 23.598,76$ 17.278,16
08$ 48.654,37$ 21.342,27$ 17.165,18
09$ 45.880,80$ 21.161,82$ 17.156,15
10$ 41.456,34$ 20.570,47$ 17.126,54

Observaciones

El Decreto Provincial del M.E.H.F N° 2993/2023 y las Leyes N° 9.755, 9.811, 10027, y las Ordenanzas N° 18/08 y 34/14 son mencionadas como antecedentes o marco legal.

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