Decreto 23/2020

Decreto

Tipo de normativa

23

Número

Vigente

Estado

2020-03-04

Fecha de publicación

Descripción corta

Otorga ayuda económica no reintegrable mensual para el pago de servicio de internet a la Directora del Colegio Secundario N° 3 "Américo del Prado" y a la Directora de la escuela primaria N° 48 "Conscripto Bernardi" debido al incremento de los costos.

Texto de la norma

DECRETO No 23/20
Conscripto Bernardi, 05 de marzo de 2.020
VISTO:
El decreto 42/10 de fecha 18 de marzo de 2.010 en el que se otorga una ayuda económica no reintegrable mensual destinada al pago de servicio de internet, y
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Prof. FONTANA, Sandra Directora del Colegio Secundario N° 3 «Américo del Prado» solicita una actualización en los montos de la ayuda antes mencionada;
Que del mismo modo la Sra. Prof. FONTANA, Marta Directora de la escuela primaria N° 48 «Conscripto Bernardi» solicita la recomposición de dicha ayuda ya que los costos se han incrementado considerablemente.
Que esta Municipalidad reconoce tal incremento y que entiende a la educación como una herramienta de superación para sus pobladores por lo que desea incrementar esa ayuda para ese destino;
ayudas.
Que existe en el Presupuesto vigente recursos para afrontar este tipo de
Que a los efectos de otorgar la ayuda a las solicitantes se hace necesario
dictar la norma legal que autorice esta erogación.
POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES DECRETA:
Artículo 1°: Otórguese una ayuda económica no reintegrable de pesos $ 900,00 (Pesos: novecientos con 00/100) a la Sra. FONTANA, Sandra María, DNI N° 23.550.940 y Sra. Fontana, Marta DNI 18.483.495 para afrontar el costo que le insume el pago mensual del servicio de
Internet.
Artículo 2o: A través del área Contable y Tesorería cumpliméntense los trámites necesarios para otorgar la ayuda detallada en el Artículo 1°, imputando la erogación a la Partida del Presupuesto vigente, solicitando a las beneficiarias, copia del comprobante de pago de la factura cancelada
con esta ayuda.
Artículo 3o El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Economía Sra.
Celia Rosa Machado.
Artículo 4o: Regístrese, comuníquese, publiquese y archivese.-