Decreto 35/2020

Decreto

Tipo de normativa

35

Número

Vigente

Estado

2020-03-26

Fecha de publicación

Descripción corta

Designa personal municipal para colaborar en el control de acceso a la localidad y en tareas de control sanitario, en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19 y el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Texto de la norma

DECRETO No 35/20
VISTO
Conscripto Bernardi, 27 de marzo de 2.020
El Decreto NECESIDAD Y URGENCIA -2020-297-APN- PTE, el Decreto Municipal N° 30/20 y;
CONSIDERANDO:
Que por el DEM de Conscripto Bernardi, mediante Decreto N° 28/20 del 13 de marzo de 2020 se adhirió a Decreto Provincial N° 361/20 MS, declarando la emergencia sanitaria en el ámbito local, por el término de un año.
Que en este marco además se ha dictado el Decreto 30/20 el que dispone «el aislamiento social, preventivo y obligatorio» desde el 20 al 31 de marzo, el que establece además la permanencia en sus residencias de los habitantes de la comunidad, con la abstención de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-1.
Que además se ha dispuesto en el texto legal antes referenciado la dispensa del débito laboral por parte de los trabajadores municipales con la salvedad de la colaboración permanente de este Municipio con el CENTRO DE SALUD y LA POLICIA LOCAL, quien dispondrá controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos que determine, para garantizar el cumplimiento del «aislamiento social, preventivo y obligatorio», de las normas vigentes dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria y de sus normas complementarias.-
Que en ese marco, corresponde en razón de las circunstancias imperantes, requerir mediante designación expresa al personal que deberá prestar colaboración con los funcionarios policiales y de salud, tanto en el acceso de nuestra localidad como dentro de la jurisdicción del mismo, a fin de prestar colaboración permanente con la tarea de control de salud pública dentro de la localidad y controlar el estricto cumplimiento de los decretos nacionales y municipal de aislamiento social, preventivo y obligatorio.-
Que las medidas que se establecen en el presente decreto resultan las imprescindibles, razonables y proporcionadas con relación a la amenaza y al riesgo sanitario que enfrentamos.
POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES DECRETA:
ARTÍCULO 1o.- Designar a fin de prestar colaboración en el puesto de control al acceso de nuestra localidad o cualquier otra situación que amerite su servicio mientras dure la emergencia mencionada, a los agentes municipales quienes acataran las instrucciones brindadas por el Poder Ejecutivo Municipal, en los turnos que el mismo disponga, facultándolos a sus efectos para la confección de planilla de control vehicular, como así también el apoyo a las autoridades policiales y sanitarias.
1