Decreto 66/2020

Decreto

Tipo de normativa

66

Número

Vigente

Estado

2020-09-13

Fecha de publicación

Descripción corta

Crea el Fondo Municipal de Becas para estudiantes secundarios, terciarios y/o universitarios locales, consistente en un importe equivalente a un 8 % para estudiantes secundarios y 10% para terciario, y/o universitarios, del haber mínimo de bolsillo establecido por ley.

Texto de la norma

DECRETO No 66/20
Conscripto Bernardi 14 de septiembre de 2020
VISTO:
La Ordenanza N° 41/12, promulgada mediante Decreto N° 81/12; y
CONSIDERANDO:
Que mediante en la misma se crea el Fondo Municipal de Becas para estudiantes secundarios, terciarios y/o universitarios locales, consistente en un importe equivalente a un 8 % para estudiantes secundarios y 10% para terciario, y/o universitarios, del haber mínimo de bolsillo establecido por ley.
Que debido a la situación de emergencía epidemiológica que ha afectado a todo el territorio argentino, donde también se vieron involucrados los recursos coparticipables, sumado a esto el no inicio del normal ciclo lectivo presencial, han desencadenado que el municipio abone los importe de beca a partir de agosto del corriente año.
Que de acuerdo al informe elevado por la Comisión Evaluadora de Becas, en el mes de septiembre del corriente, en el que se plasma un listado de aspirante por orden de merito, evaluado y determinado de acuerdo a la documentación presentada por cada estudiante.
Que el mencionado listado comprende veinte aspirantes definitivos a la Beca Municipal, pero cuatro de ellos no corresponden a lo establecido en la ordenanza citada en el visto de la presente, por lo que se abonaran solo dieciséis becas, ya que se ha vencido el tiempo estipulado y la comisión no presento reforma alguna en el listado concluyente.
Que los beneficiados en el nivel secundario percibirán la suma de $ 1952,00 (pesos un mil novecientos cincuenta y dos con 00/100) y los terciarios y/o universitarios $2465,00 (pesos dos mil cuatrocientos sesenta y cinco con 00/100) mensuales, a partir del mes de agosto, hasta noviembre del corriente año.
Que a los efectos de proceder a la liquidación de la beca respectiva se
debe dictar la norma legal respectiva;
POR ELLO:
LA PRESIDENTA MUNICIPAL DE CONSCRIPTO BERNARDI EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY 10027 MODIF. POR LEY 10082
DECRETA:
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